Crónicas de una oveja eléctrica

¿Autopista o Autovía ?

Después de tener una conversación con compañeras (algunas sin carné) y tirando de la wikipedia, aquí dejo las diferencias entre autopista y autovía… por si algun@ piensa que las autopistas son solo las de pago.

Autopista:

Para poder ser calificada como autopista, una vía de circulación debe reunir las siguientes características:

  • Dos bandas de circulación, una para cada sentido, separadas entre sí por una franja ancha de terreno o por vallas de protección.
  • Al menos dos carriles de circulación en cada banda.
  • Arcenes laterales en cada banda, para que un vehículo pueda detenerse en caso de emergencia sin obstaculizar el tráfico.
  • Curvas poco pronunciadas para que los vehículos no tengan que aminorar la marcha al circular por ellas.
  • Ausencia de cruces a nivel, que se resuelven mediante pasos superiores o inferiores.
  • Entradas y salidas con carriles, separados de los principales, de desaceleración y de aceleración para que los vehículos que salen o entran en la autopista cambien su velocidad fuera de ella.
  • Las salidas y entradas están situadas casi siempre en el lado derecho en el sentido de la marcha, ya que el carril izquierdo es el de adelantamiento y, por lo tanto, el más rápido.
  • El acceso a los inmuebles colindantes con la autopista no se realiza directamente desde la misma a menos que se utilicen entradas y salidas como las antes descritas. En las zonas urbanas es habitual la existencia de calles paralelas situadas a cada lado denominadas «vías de servicio» o «colectoras» que permiten el acceso a los inmuebles que limitan con la autopista sin perturbar el tránsito de la misma

Autovía:

Son autovías, en España, las carreteras, que no reuniendo todos los requisitos de las autopistas, tienen las siguientes características:

  • Deben tener calzadas independientes para cada sentido de circulación.
  • Deben tener limitado el acceso a y desde las propiedades colindantes.
  • No puede cruzar ni ser cruzada al mismo nivel por otras sendas, vías, líneas de ferrocarril o tranvía ni por servidumbre de paso alguna.

Resumiendo:

La diferencia fundamental entre autovía y autopista, en España, es que esta última está especialmente proyectada, construida y señalizada para la exclusiva circulación de automóviles por lo no podrían circular por ella los ciclomotores, coches de minusválidos, los tractores y demás maquinaria agrícola que, si pueden hacerlo por las autovías.

El criterio de peaje no es determinante a los efectos de clasificar una vía como autopista o autovía. Sí puede decirse que las autovías no son de peaje (gratuitas), pero pueden existir autopistas que no sean de peaje.

Y si aún quedan dudas aquí dejo un enlace a la  Ley 25/1988 de 29 de julio, de Carreteras (consolidada)